Resoluciones favorables emitidas por la Oficina de extranjería de Madrid. Nuestros clientes llevaban en España 2 años como solicitantes de protección internacional (contaban con tarjeta roja). Dicho estatus, les ha permitido trabajar y cotizar en España durante al menos 6 meses dentro de este periodo de 2 años, requisito esencial para que hayamos podido solicitar sus permisos de residencia por circunstancias excepcionales (Arraigo laboral).
Cuando presentamos sus solicitudes de residencia, los solicitantes habían recibido la denegación de sus solicitudes de protección internacional, por lo que se encontraban de manera irregular. Con esta resolución de concesión, hemos conseguido que nuestros representados obtengan un permiso de residencia y trabajo por un año en España.
Es importante destacar que, tras la última reforma del reglamento de extranjería, la vida laboral se considera una prueba totalmente válida para iniciar el procedimiento de solicitud de residencia por arraigo laboral. Esta opción se ha convertido en una vía de regularización viable para los estudiantes que caen en irregularidad al no renovar a tiempo su estatus o para los solicitantes de asilo que al cabo de los 2 años reciben la denegación de la solicitud de protección internacional.
Expedientes presentados los días 7, 9 y 10 de febrero de 2021, resueltos con fecha 20/10/2022