Implicaciones positivas: menor que ya está regular y en 1 año podrá solicitar la nacionalidad española.
Este expediente se ha presentado en Cáceres y su resolución ha sido muy rápida, pues se presentó el 20-12-22 y ha sido resuelta el 12-01-23, no ha tardado ni un mes (23 días).
¿Cómo trabajamos este caso de un menor nacido en España?
En primer lugar, nos contrató el padre de la menor para comenzar con su residencia, en su caso concreto, se le presentó residencia por circunstancias excepcionales (arraigo laboral). Una vez, que el padre de la menor tenía su residencia legal, pudimos comenzar los trámites con su hija. Esta menor nació en España, por lo que se le ha tramitado un permiso de residencia de menor nacido en España hija de residente legal, quedando su permiso vinculado al de su padre.
Se trata de un trámite que, a diferencia del arraigo, es mucho más rápido. No obstante, podemos notar una clara diferencia en los tiempos de resolución entre Comunidades Autónomas, puesto en el caso que nos ocupa, en la provincia de Cáceres, apenas ha tardado 23 días, cuando en Madrid están tardando entre 1-2 meses.
Por otro lado, respecto a las implicaciones positivas del caso podemos destacar que al ser un menor nacido en España el plazo para solicitar su nacionalidad se reduce a 1 año, por lo que pronto se podrá comenzar con dicho trámite.
Nos alegramos muchos por esta familia y desde nuestra firma le damos nuestra más sincera enhorabuena.
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